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title: "Qué es el ITP y cuánto se paga al comprar un coche de segunda mano"
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date: 2026-06-10
modified: 2026-05-18
author: "Lind lIND"
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# Qué es el ITP y cuánto se paga al comprar un coche de segunda mano

El **ITP en la compra de un coche de segunda mano** es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, un tributo autonómico que paga el comprador cuando adquiere un vehículo usado a un particular. En la Comunidad de Madrid el tipo es del 4 % sobre el valor fiscal del coche, el más bajo de España. El plazo de pago es de 30 días hábiles desde la firma del contrato y es imprescindible para poder transferir el vehículo en la DGT.

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## Qué es exactamente el ITP de un coche

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un tributo estatal cuya gestión está cedida a las comunidades autónomas. Grava la compraventa de bienes usados entre particulares, incluidos los vehículos. Si compras un coche a otra persona física (no a un concesionario ni a una empresa), debes liquidar el ITP en la administración tributaria autonómica antes de poder transferirlo en la DGT [1].

El impuesto no se aplica cuando la operación está sujeta a IVA. Es decir, si compras un coche a una empresa, autónomo, concesionario o compraventa profesional, pagas el 21 % de IVA y no el ITP. Esta distinción es la clave para saber qué tributo aplica a tu compra.

### Diferencia entre ITP e IVA en la compra de un coche

- **Compra a particular:** ITP autonómico (4 % en Madrid sobre el valor fiscal).

- **Compra a concesionario o empresa:** IVA del 21 % sobre el precio de venta.

- **Compra a compraventa profesional con factura:** IVA si la empresa actúa como reventa profesional.

- **Vehículo nuevo en concesionario:** IVA del 21 % más Impuesto Especial de Matriculación (varía según emisiones).

## Cuánto se paga de ITP en Madrid al comprar un coche

En la Comunidad de Madrid el ITP para vehículos usados se calcula aplicando el 4 % sobre el valor fiscal del coche. El valor fiscal no es el precio que has pagado, sino el que publica el Ministerio de Hacienda cada año en el Boletín Oficial del Estado, ajustado por un coeficiente reductor según la antigüedad del vehículo. Madrid mantiene el tipo más bajo del territorio peninsular para bienes muebles [2].

### Fórmula de cálculo

La fórmula oficial para calcular el ITP de un coche en Madrid es:

**ITP = Valor fiscal (tabla BOE) × Coeficiente de antigüedad × 4 %**

Ejemplo práctico: un Volkswagen Golf 1.4 TSI matriculado en 2018 con valor fiscal inicial de 20.000 €. Con coeficiente de antigüedad del 50 % (más de 6 años, hasta 7), el valor fiscal aplicable es de 10.000 €. El ITP a pagar en Madrid sería: 10.000 € × 4 % = 400 €.

### Ejemplos de ITP según el valor fiscal en Madrid

| Valor fiscal aplicable | ITP Madrid (4 %) |
| --- | --- |
| 2.000 € | 80 € |
| 5.000 € | 200 € |
| 8.000 € | 320 € |
| 10.000 € | 400 € |
| 15.000 € | 600 € |
| 20.000 € | 800 € |

## Cómo se paga el ITP de un coche en la Comunidad de Madrid

El ITP se liquida ante la Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid presentando el modelo 620 si se hace presencialmente o su versión telemática equivalente. El comprador es el responsable legal del pago. Sin el justificante de liquidación del ITP, la DGT no tramita la transferencia del vehículo, aunque hayas pagado la tasa DGT.

### Pasos para liquidar el ITP en Madrid

1. Consultar el valor fiscal del coche en las tablas oficiales del BOE para tu marca, modelo, cilindrada y año.
2. Aplicar el coeficiente reductor por antigüedad para obtener el valor fiscal corregido.
3. Calcular el 4 % sobre el valor fiscal resultante.
4. Rellenar el modelo 620 o su autoliquidación online en la oficina virtual tributaria de la Comunidad de Madrid.
5. Pagar el importe en banco colaborador o mediante pago telemático con certificado digital.
6. Presentar el justificante ante la DGT junto con el resto de documentación de transferencia.

Si vives en otra comunidad autónoma, el ITP se paga donde tengas tu residencia fiscal, no donde está matriculado el coche ni donde reside el vendedor.

## Plazo para pagar el ITP y qué pasa si te pasas

El plazo para liquidar el ITP es de 30 días hábiles desde la fecha del contrato de compraventa. Si lo presentas fuera de plazo, Hacienda aplica recargos progresivos sin necesidad de requerimiento previo: 5 % si pagas dentro de los tres meses siguientes, 10 % entre tres y seis meses, 15 % entre seis y doce meses, y 20 % más intereses de demora si pasa más de un año [3].

Además del recargo económico, la DGT no tramitará la transferencia hasta que el ITP esté pagado. Mientras tanto, el vendedor sigue figurando como titular y puede recibir multas y notificaciones del vehículo que ya no le pertenece.

## Casos en los que no pagas ITP o tienes bonificación

No todos los compradores deben pagar el ITP completo. Existen exenciones, bonificaciones y reducciones por circunstancias personales o por el tipo de operación. Las más comunes en Madrid son las siguientes.

- **Compra a concesionario o empresa:** se paga IVA (21 %), no ITP.

- **Vehículo adaptado para personas con discapacidad:** exención total bajo ciertos requisitos.

- **Adquisiciones de bienes muebles por valor inferior a 500 €:** bonificación del 100 % de la cuota.

- **Transmisión entre cónyuges en divorcio:** exenta si se inscribe en sentencia o convenio regulador.

- **Vehículos históricos catalogados:** pueden tener tratamiento fiscal especial según el caso.

Estas reducciones se solicitan al presentar el modelo 620 aportando la documentación que justifica la circunstancia exenta. La Comunidad de Madrid publica las condiciones específicas en su portal de Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

## Errores comunes al calcular y pagar el ITP

- **Liquidar el ITP sobre el precio del contrato** cuando es inferior al valor fiscal. Hacienda siempre toma el valor fiscal como mínimo.

- **Olvidar el coeficiente de antigüedad**, que reduce significativamente la base imponible en coches con varios años.

- **Pagar el ITP en la comunidad equivocada.** Debe liquidarse en la del comprador, no en la del vendedor ni en la de matriculación.

- **Esperar a tener el permiso a tu nombre** para pagar el ITP. Es al revés: primero ITP, después transferencia.

- **Confundir IVA e ITP.** Si compras a profesional, no se aplica ITP aunque sea coche usado.

- **No conservar el justificante.** La DGT lo exige en cada trámite de cambio de titularidad.

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## Preguntas frecuentes sobre el ITP en la compra de un coche usado

### ¿Cuánto se paga de ITP en Madrid por un coche de segunda mano?

El 4 % sobre el valor fiscal del vehículo, no sobre el precio pagado. Es el tipo más bajo de España.

### ¿Quién paga el ITP, el comprador o el vendedor?

Lo paga siempre el comprador. Es una obligación legal directa del adquirente del vehículo.

### ¿Cuánto tiempo tengo para pagar el ITP?

Treinta días hábiles desde la fecha del contrato de compraventa. Fuera de plazo, Hacienda aplica recargos del 5 % al 20 %.

### ¿Qué pasa si compro un coche en otra comunidad pero vivo en Madrid?

El ITP se paga en la comunidad donde tengas tu residencia fiscal. Si vives en Madrid, pagas el 4 % aunque el coche venga de otra autonomía.

### ¿Cuál es la diferencia entre ITP e IVA al comprar un coche?

El ITP se aplica cuando compras a un particular. El IVA (21 %) se aplica cuando compras a una empresa, concesionario o compraventa profesional.

### ¿Cómo se calcula el valor fiscal de un coche?

Se consulta en las tablas oficiales del Ministerio de Hacienda publicadas cada año en el BOE, ajustando por marca, modelo, cilindrada y aplicando un coeficiente reductor según antigüedad.

### ¿Puedo pagar el ITP por internet?

Sí. La Comunidad de Madrid permite la autoliquidación telemática del modelo 620 con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico desde la oficina virtual tributaria.

### ¿Qué pasa si Hacienda considera que el valor declarado es bajo?

Hacienda toma siempre el valor fiscal mínimo de tablas. Si declaras un precio inferior, te liquidará la diferencia con recargo.

### ¿Hay alguna exención para familias numerosas en el ITP de coches?

No existe una exención específica para familias numerosas en el ITP de bienes muebles en Madrid, aunque sí en la tasa DGT (50 % o 100 % de bonificación).

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## Fuentes

1. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Real Decreto Legislativo 1/1993, Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y AJD.
2. Comunidad de Madrid. Tipos impositivos de Transmisiones Patrimoniales Onerosas — Bienes muebles 4 %. (https://www.comunidad.madrid/servicios/atencion-contribuyente/transmisiones-patrimoniales-onerosas)
3. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Ley 58/2003 General Tributaria — artículo 27, recargos por declaración extemporánea.
4. Ministerio de Hacienda. Tablas de Valoración de Vehículos publicadas anualmente en el BOE — coeficientes de antigüedad.
